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El Proyecto de nueva Norma Oficial Mexicana pretende regular aspectos relacionados con las instalaciones de almacenamiento de Gas LP.
El 21 de junio de 2023, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (la “ASEA”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-017-ASEA-2023, Instalaciones de Almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo (el “Proyecto de NOM”).
El Proyecto de NOM pretende regular aspectos de las instalaciones de almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo (“Gas LP”), tales como su diseño, construcción, revisión de seguridad de pre-arranque, operación, mantenimiento. De ser aprobado, el Proyecto de NOM sustituirá a la NOM-015-SECRE-2013, vigente desde febrero de 2014 (véase sección “Next Steps”).
De acuerdo con el Proyecto de NOM, la sustitución de la NOM vigente es necesaria para prevenir escenarios de riesgo, lo que justifica la implementación de requisitos administrativos, operativos y de diseño adicionales a los ya previstos. Ello, con el fin de prevenir, controlar y mitigar accidentes.
El Proyecto de NOM fue desarrollado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial, Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, perteneciente a la ASEA (el “Comité Consultivo”), en colaboración con la Comisión Reguladora de Energía, así como diversas organizaciones industriales e instituciones de investigación científica.
De ser aprobado, el Proyecto de NOM será de aplicación obligatoria para los sujetos regulados que realicen las siguientes actividades: (i) almacenamiento terrestre o marítimo de Gas LP, desde el punto de recepción hasta su punto de entrega; y (ii) transporte por ducto o medios distintos, cuando dentro de su infraestructura utilice instalaciones de recepción, guarda y entrega del Gas LP como una actividad operativa.
El Proyecto de NOM fue aprobado por el Comité Consultivo en sesión extraordinaria del día 31 de mayo de 2023. De acuerdo con disposiciones de la Ley de Infraestructura de la Calidad, su contenido se somete ahora a consulta pública.
El Proyecto de NOM será susceptible de recibir comentarios y sugerencias por parte de cualquier persona interesada dentro de los siguientes 60 días al de su publicación, las cuales podrán ser o no tomadas en cuenta por el Comité de Normalización respectivo. Posterior a ello, se procederá a la respuesta a dichos comentarios, votación final y final publicación y entrada en vigor.
Elaborado por: Mauricio Llamas, Carlos Ramos, Miguel Ángel Mateo Simón, Mauricio Villegas y Santiago Contró.