Reflexiones y análisis

Convención Interamericana sobre la Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores

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El 10 de enero se publicó el decreto en el Diario Oficial de la Federación, por medio del cual se informa que el Estado mexicano ratificó la Convención Interamericana sobre la Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores, el 13 de diciembre de 2022.

Esta tratado fue adoptado el 15 de junio de 2015 y entró en vigor el 1° de enero de 2017 y ha sido ratificado sólo por algunos miembros de la Organización de Estados Americanos, como: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Eduardo, El Salvador, Perú y Uruguay.

Esta Convención reconoce la situación de vulnerabilidad que viven los adultos mayores y los obstáculos a los que se enfrentan para satisfacer los derechos más elementales.

El tratado define conceptos como envejecimiento activo y saludable y reconoce que existe un tipo de discriminación por motivos de edad en la vejez, colocando la lupa sobre los tratos desiguales que padecen los adultos mayores.

Este instrumento reconoce, entre otros, derechos especiales como lo son: la dignidad en la vejez; y, un reconocimiento de su independencia y autonomía para la toma de decisiones a lo largo de su vida.

Asimismo, se reconocen una serie de medidas afirmativas para la plena satisfacción de otros derechos civiles, políticos, económicos, y culturales, como lo son: la garantía de no discriminación, derecho al trabajo, a la salud, a la recreación,  a la vivienda y acceso a la justicia de conformidad con las particularidades de su condición.

Particularmente, por lo que hace al derecho a la salud, el tratado obliga, entre otras, a que se cumpla lo siguiente:

  • Asegurar la atención preferencial y el acceso universal, equitativo y oportuno en los servicios integrales de salud de calidad.
  • Promover el desarrollo de servicios socio-sanitarios integrados especializados para atender a la persona mayor con enfermedades que generan dependencia, incluidas las crónico-degenerativas, las demencias y la enfermedad de Alzheimer.
  • Fortalecer las capacidades de los trabajadores de los servicios de salud, sociales y sociosanitarios integrados y de otros actores, en relación con la atención de la persona mayor.
  • Promover y fortalecer la investigación y la formación académica profesional y técnica especializada en geriatría, gerontología y cuidados paliativos.

  • Garantizar a la persona mayor la disponibilidad y el acceso a los medicamentos reconocidos como esenciales por la Organización Mundial de la Salud, incluyendo los fiscalizados necesarios para los cuidados paliativos.

Los Estados Firmantes de la Convención se comprometen a fomentar una actitud positiva hacia la vejez y promover su trato digno.

El Estado mexicano concluirá con el depósito de dicho instrumento ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el cual será realizado por la Secretaría de Relaciones Exteriores y entrará en vigor el 30 días después del depósito.

En Hogan Lovells, celebramos la adopción de instrumentos internacionales que amplifiquen el espectro de protección de los derechos humanos y provean de herramientas para el acceso efectivo a éstos para todas las personas.

Estamos disponibles y listos para apoyarlos con consultas relacionadas con la regulación descrita.

 

 

 

Elaborado por: Luis Ernesto Peón Barriga, Cecilia Stahlhut y Montserrat González

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