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El 26 de marzo de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (“LGTOC”) y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (“LGOAAC”).
El propósito principal de estas reformas es permitir y regular los títulos de crédito emitidos a través de medios electrónicos o cualquier otra tecnología que cumpla con lo dispuesto por el Código de Comercio. Las modificaciones más destacadas son las siguientes:
Por otro lado, estas reformas obligan a que los certificados de depósito sólo puedan ser emitidos de manera electrónica a través de un sistema criptográfico que cumpla con las características y requisitos establecidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Este cambio implica diversas modificaciones, entre las que se incluyen:
La reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación. Se estableció un plazo de 180 días hábiles para que el Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores realicen los ajustes normativos necesarios conforme al contenido del decreto y emitan la regulación secundaria correspondiente. Además, se concedieron 18 meses a los almacenes generales de depósito para adecuar sus operaciones a fin de permitir la emisión de certificados de depósito electrónicos.
En caso de tener dudas sobre la reforma, la idoneidad de firmas electrónicas o sistemas de información que cumplan los criterios del Código de Comercio y siguientes pasos, por favor no dude en contactarnos.
Elaborado por: Federico de Noriega, Manuel Valdéz y Valentina Mancera.